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EL CONSEJO NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA RECHAZA LA UTILIZACIÓN DE LA IMAGEN DE NIÑAS Y NIÑOS EN PROSELITISMO POLÍTICO

La Ministra de Inclusión Económica y Social (MIES) y Presidenta del Consejo nacional de la Niñez y Adolescencia (CNNA), Doris Soliz Carrión, calificó como «burdo e inescrupuloso» el uso de niñas y niños en los temas políticos. Así se refirió al uso, por parte del asambleísta Abdalá Bucaram (PRE), de una fotografía de sus tres hijos para demostrar un supuesto acuerdo político del Gobierno Nacional con esa agrupación política.

El Legislador permitió que esa imagen se publique en un medio de comunicación nacional, en una noticia de claro contenido político, violentando así el art. 52 literal 2 del Código de la Niñez y Adolescencia. Comentó que es condenable que un asambleísta de la República, que está obligado a respetar y hacer respetar la Constitución, viole la Norma Suprema, en lo que se refiere a los derechos de las niñas Y niños que en la Sección Quinta, artículo 44, dispone: «El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas».

Adicionalmente, la Carta Política señala en su artículo 46 numeral 7, que el Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes: Protección frente a la influencia de programas o mensajes, difundidos a través de cualquier medio, que promuevan la violencia, o la discriminación racial o de género. Las políticas públicas de comunicación priorizarán su educación y el respeto a sus derechos de imagen, integridad y los demás específicos de su edad. Se establecerán limitaciones y sanciones para hacer efectivos estos derechos.

El CNNA, mediante resolución Nro. 02, del 23 de enero de 2008, ya exigió a todos los actores políticos y sociales que, en cualquier calidad o grado, participan en la producción y difusión de publicidad, el cumplimiento irrestricto del derecho de los niños, niñas y adolescentes a la libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen determinados en al artículo 51 del Código de la Niñez y Adolescencia y la observancia de las prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen, establecidas en el artículo 52 del mismo Código.

En tal virtud el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia tomará las siguientes acciones:

1.- Exigir a las autoridades de la Asamblea Nacional que se conozca el caso y se tomen las medidas que legalmente correspondan frente a sus integrantes que incurren en la violación de los derechos constitucionales.
2.- En cumplimiento a lo establecido en la Constitución y en el Código de la Niñez y Adolescencia, en cuanto al uso de niños y niñas en proselitismo político, se presentará ante los jueces competentes la respetiva denuncia para que se establezca a los responsables las sanciones que correspondan.
3.- Realizar una excitativa a todos los actores políticos para que respeten la identidad las niñas(os) y adolescentes y se abstengan del uso y o manipulación de los niños (as).
4.- Convocar al movimiento nacional de y por las niñas (os) y adolescentes para que se mantengan vigilantes para que la violación a estos derechos no vuelva a ocurrir.

El Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia estará vigilante ante estos hechos que desdicen del comportamiento de determinadas autoridades electas por el pueblo.

Soc. Doris Soliz Carrión
MINISTRA DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL
PRESIDENTA DEL CONSEJO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Dra. Sara Oviedo
SECRETARIA EJECUTIVA NACIONAL
CONSEJO NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Dra. Tamara Merizalde
DIRECTORA NACIONAL DEL INFA